El alto tribunal europeo considera que los argumentos dados en 2009 por el Tribunal Constitucional de Turquía, incluyendo el apoyo de algunos miembros del partido pro-kurdo al terrorismo, no justifican su disolución.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió esta semana una sentencia en la que condenó a Turquía por la ilegalización en 2009 del partido DTP (Partido de la Sociedad Democrática) por sus vínculos con el Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) –una organización incluida en la lista de grupos terroristas de la UE- al considerar que la formación nacionalista kurda no promovía la violencia con sus acciones, y que éstas no justificaban su disolución.
La ilegalización del DTP –predecesor del BDP y posteriormente del Partido Democrático de los Pueblos (HDP), que ocupa actualmente 59 de los 550 escaños del parlamento turco- se produjo en 2009 después de que el Tribunal Constitucional de Turquía emitiera el 11 de diciembre de ese año una sentencia en la que acusaba a la formación de tener vinculaciones y fines políticos similares a los del PKK. Además los diputados Aysel Tuğluk y Ahmet Türk, los dos co-presidentes del partido, fueron privados de sus escaños, y a otros 37 miembros del partido se les prohibió ejercer la política durante un período de cinco años.
La sentencia emitida el martes por votación unánime por parte de la corte de Estrasburgo se produjo después de que los propios Tuğluk y Türk apelaran la decisión del constitucional de Turquía ante el alto tribunal europeo, que en su resolución considera que el Estado turco violó los derechos de libre asamblea y de asociación al decretar la disolución del partido.
“(Los motivos dados) para la disolución del DTP, uno de los principales actores políticos que han hablado a favor de una solución pacífica al problema kurdo, no pueden ser considerados suficientes para justificar la interferencia en su derecho a la libertad de asociación”, argumenta el TEDH en su sentencia, añadiendo que ninguno de los proyectos en los que participaba el partido “eran incompatibles con el concepto de sociedad democrática”.
En su pronunciamiento el tribunal europeo también estima que Turquía violó la Convención Europea de Derechos Humanos al retirar a Tuğluk y Türk su condición de parlamentarios, dado que sus mandatos estaban garantizados en virtud al derecho a la libre elección, indicando además que en sus discursos ninguno de los dos co-presidentes del DTP fomentaron “ni el uso de la violencia, ni la resistencia armada, ni la insurrección”.
Por último la sentencia publicada por el TEDH destaca que, pese a que en Turquía el DTP recibió numerosas críticas y fue finalmente ilegalizado por no distanciarse de algunas personas que “indirectamente apoyan el terrorismo”, esto por sí sólo no puede justificar “una sanción de tal severidad como es la disolución de todo un partido político”.
Estrasburgo falla a favor de Turquía en las operaciones contra el PKK
Precisamente en otra sentencia hecha pública el mismo día, el mismo tribunal rechazó la demanda presentada contra la imposición continuada por parte de las autoridades turcas de varios toques de queda en diversos distritos del sureste del país como parte de las operaciones contra la presencia de militantes armados del PKK.
La demanda fue presentada por abogados representantes de cinco ciudadanos turcos residentes en el distrito de Sur de la provincia de Diyarbakır y en el distrito de Cizre de la provincia fronteriza de Şırnak, donde desde el pasado diciembre están en vigor sendos toques de queda que han afectado a la vida diaria de los residentes, muchos de los cuales se han visto obligados a huir de sus casas a causa de los enfrentamientos entre el PKK y las fuerzas de seguridad turcas.
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Editado y revisado por:

Pablo Gómez es especialista en Turquía y editor jefe de Hispanatolia desde 2011. Desde 2006 se dedica al análisis de la actualidad y la geopolítica de Turquía y su región.
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