El Tribunal Europeo de Derechos Humanos insta a Turquía a que modifique su educación religiosa en los colegios

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó el pasado martes que los alumnos musulmanes de Turquía, en primaria y secundaria, no están obligados a cursar la asignatura de cultura religiosa, por considerar que sus contenidos pueden provocar un conflicto con los valores que les enseñan los padres.

En su sentencia, los magistrados consideraron que la asignatura de cultura religiosa «es susceptible de provocar un conflicto con los valores enseñados (por los denunciantes) a sus hijos en casa», máxime porque no se ofrece una alternativa a los preceptos del Islam suní y porque se fuerza a declarar a los ciudadanos sus creencias religiosas o filosóficas.

El origen del caso estuvo en el recurso presentado por la familia de la estudiante Eylem Zengin, residente en Estambul, y que pertenece a la confesión de los alevis, una rama musulmana con larga presencia histórica en Turquía, pero cuyas prácticas religiosas difieren sustancialmente de las de la mayoría sunní: no van a las mezquitas, ni rezan cinco veces al día, ni consideran la peregrinación a La Meca una obligación.

Las continuas demandas en 2001 ante la Administración presentadas por el padre de la alumna (nacida en 1988) fueron rechazadas e incluso el Consejo de Estado turco se pronunció en su contra en agosto de 2003.

Los jueces de Estrasburgo constataron que en la asignatura de religión (de la que quedan eximidos desde 1990 los hijos de familias judías o cristianas) se da prioridad al Islam respecto a las otras religiones, los alumnos deben aprender fragmentos del Corán de memoria, así como instrucciones sobre los grandes principios de la fe musulmana, pero no se les presentan las particularidades de los alevis.