TURQUÍA CONDENADA POR IMPEDIR LA ACCIÓN DE UN SINDICATO DE FUNCIONARIOS

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a Turquía por impedir las actividades de un sindicato de funcionarios, a los que no se autorizó por ley hasta 2001 formar parte de organizaciones de defensa de sus intereses laborales.

El Tribunal de Estrasburgo subrayó que aunque se pueden imponer «restricciones» al derecho de sindicarse a las Fuerzas Armadas, a la policía o a otros miembros de la Administración del Estado, esas limitaciones «no deben atentar contra la esencia misma del derecho de organizarse».

La demanda contra Turquía la presentaron Kemal Demir y Vicdan Baykara, que eran en el momento de los hechos -durante los años 90- miembro y presidenta respectivamente del sindicato Tum Bel Sen de funcionarios de ayuntamientos turcos, fundado en 1990.

El origen del recurso fue una decisión del Tribunal Supremo, que en diciembre de 1995 invalidó un convenio colectivo suscrito por Tum Bel Sen y el municipio de Gaziantep, al considerar que en ese momento los funcionarios no podían sindicarse ni llevar a cabo negociaciones laborales con los ayuntamientos porque la normativa no lo contemplaba para los empleados públicos.

Los jueces europeos decidieron la indemnización de la presidenta del sindicato con 20.000 euros en concepto de perjuicio moral y otros 500 euros para Demir.